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Es conveniente acompañar el contrato de arrendamiento de fotografías que ilustren su estado real.
En caso de desperfectos achacables al inquilino, se puede reclamar.
Una vez concluido un contrato de arrendamiento, suele presentarse la problemática del estado en el que se encuentra el inmueble y sus posibles desperfectos. En estos casos debemos determinar si dichos desperfectos existían de forma previa al arrendamiento y, si no es así, la posible responsabilidad sobre ellos que pueda recaer en el inquilino.
Es buena idea acompañar el contrato de un reportaje fotográfico, que deje constancia del estado real del inmueble en el momento de ser alquilado.
En la práctica, no suelen existir estas imágenes y, como mucho, alguna cláusula del contrato hace referencia a que el inmueble “se entrega en buenas condiciones”.
El Código Civil establece la presunción de que el inquilino recibe el inmueble en buen estado, salvo prueba de lo contrario. Es decir, que cualquier desperfecto del que no existiera prueba previamente puede atribuirse al uso dado por el inquilino.
La respuesta es no.
El inquilino siempre podrá demostrar que los desperfectos que se le atribuyen han sido ocasionados sin culpa. La normativa establece la única obligación del inquilino de usar el inmueble de forma diligente y según el uso pactado, y le exime de responder por los desperfectos ocasionados por el uso normal del inmueble y el paso del tiempo.
La Ley otorga al arrendador el plazo de 1 mes desde la recuperación de la posesión del inmueble para devolver la fianza. Este periodo tiene como fin que el propietario pueda comprobar el estado del inmueble y/o la existencia de obligaciones no atendidas por parte del inquilino, a cuya garantía de satisfacción se orienta la fianza.
El propietario puede, así, utilizar la fianza para cubrir la reparación de los desperfectos, devolviendo la diferencia entre la cantidad que entregó y la cantidad en que se calcule la responsabilidad imputable al inquilino.
Normativa sobre alquileres de vivienda y locales
Ley 29/94 de Arrendamientos Urbanos de 24 noviembre de 1994.
Estamos en Colón de Larreategi, 26, Bilbao (junto a la plaza Jado).