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Establecemos un proceso de mediación para encontrar puntos de acuerdo entre los cónyuges, que nos permitan definir de forma amistosa el convenio regulador y evitar así el proceso contencioso.
La actitud de los miembros de la pareja va a determinar la duración y coste del proceso de divorcio. Si hay mutuo acuerdo, los plazos de tramitación se acortan notablemente y se reduce su coste. Por el contrario, el divorcio contencioso presenta plazos de tramitación más dilatados y supone un coste económico mayor para las partes.
En cualquier caso, ya sea el procedimiento contencioso o de mutuo acuerdo, lo determinante en estas situaciones es configurar una serie de medidas que regirán la relación entre los implicados a partir de ese momento. En el caso de que exista acuerdo, se recogerán en un convenio.
Realizamos un trabajo de mediación que nos ayuda a encontrar puntos de acuerdo, sobre los cuales tejemos las medidas que regirán durante y con posterioridad al procedimiento.
Esta labor es especialmente importante cuando hay hijos menores en común.
·Tipo de custodia de los hijos menores en común. Si bien la custodia compartida es la que de forma mayoritaria aplican los tribunales, por supuesto existe la posibilidad que en el caso concreto los progenitores convengan que lo más adecuado sea una custodia monoparental a cargo de uno solo de los progenitores.
·Régimen de visitas si la custodia es monoparental. Adecuar estas visitas a los horarios de los menores resulta crucial para no interferir negativamente en los compromisos cotidianos de los implicados.
·Alimentos y gastos extraordinarios de los menores. Es imprescindible realizar un cálculo de los gastos asociados a los alimentos, escolarización y demás de los menores, con el objetivo de determinar la cuantía a la que deberá hacer frente cada progenitor.
·Pensión compensatoria. Para determinar la existencia de desequilibrio económico generador de la pensión compensatoria, debe tenerse en cuenta, entre otros aspectos, la dedicación a la familia y la colaboración con las actividades del otro cónyuge, el régimen de bienes a que ha estado sujeto el patrimonio de los cónyuges en tanto que va a compensar determinados desequilibrios, y su situación anterior al matrimonio.
·Uso y disfrute de la vivienda familiar. En la mayoría de procesos de divorcio, la liquidación del régimen de gananciales no es inmediato y en algunas ocasiones resulta complicado, si lo que se pretende es liquidar la vivienda familiar. En este sentido, resulta indispensable acordar cuál de los cónyuges, y por qué razones, va a permanecer en la vivienda familiar.
En el caso de que los intervinientes no logren el acuerdo amistoso, litigamos judicialmente, valiéndonos de las últimas tendencias jurisprudenciales en la materia, para conseguir una sentencia que acoja los intereses de nuestros clientes.
Estamos en Colón de Larreategi, 26, Bilbao (junto a la plaza Jado).